Misión y Visión

  • Orientar y promover las organizaciones que quieren ser reconocidas por la Institución
  • Orientar en relación a los servicios estudiantiles que ofrece el Recinto
  • Educar a las organizaciones reconocidas en relación a las reglamentaciones institucionales y estatales dirigidas a los grupos estudiantiles.
  • Mantener comunicación con las organizaciones, sus respectivos consejeros del quehacer organizacional desarrollado en el Recinto y de posibles actividades en que éstas puedan participar.
  • Representar a las organizaciones ante la Junta de Reconocimiento de las Organizaciones Reconocidas
 

Beneficios

1- Cien (100) dólares para adquirir materiales. La fecha límite para solicitar este privilegio es el último día de clases del I Semestre, luego de ser reconocidas.

2- Servicio de Reproducción de Documentos en el Decanato de Estudiantes

3- El uso de las salas de reunión y de conferencias, los salones de clases, el parque atlético, anfiteatros, el teatro y otros recursos institucionales, con arreglo a los medios disponibles y dentro de las normas y procedimientos establecidos para dichos fines. 

4- Acceso a los medios de comunicación impresa y digital disponibles, a los fines de informar acerca de actividades, programas, reuniones y proyectos, y para expresarse libremente ante la comunidad universitaria sobre los asuntos que estime convenientes de acuerdo con las normas vigentes.

5- Poder identificarse a sí misma oficialmente, en documentos y actividades internas o públicas acompañando a su nombre el del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico.

6- Incorporar a sus emblemas y otros símbolos gráficos la imagen de la Torre y otras que sean propiedad intelectual de la Universidad de Puerto Rico y comerciar los mismos siempre y cuando sea en venta de camisetas, gorras, etc. para fondos operacionales de la organización. Las organizaciones estudiantiles deberán contar con el asesoramiento del Comité de Propiedad Intelectual del Recinto.

7- La utilización del nombre y/o símbolos de la Institución, incorporados a los de la organización, según dispuesto en la reglamentación vigente, abarca el cumplimiento de las normas institucionales aplicables a las organizaciones estudiantiles. En este sentido, cada organización estudiantil reconocida habrá de ser representante de la Universidad de Puerto Rico como ejemplo de comunidad de múltiples componentes.

Requisitos para recibir beneficios

  • Llenar y entregar la Solicitud de Reconocimiento.
  • Ser certificada como una Organización Reconocida.
  • Estar constituidas por estudiantes del Recinto.
  • No incurrir en discrimen alguno por motivos políticos, religiosos, de raza, color, sexo, nacimiento, origen o condición social o económica, ni en la selección de sus miembros, ni en su estructura interna, ni en sus actividades. Disponiéndose, que no debe entenderse que este artículo limite la libertad de asociación que tienen las organizaciones religiosas, políticas, regionales o fraternales.
  • Para la aceptación de nuevos miembros no se exigirá más de las dos terceras partes de los miembros presentes en reunión legalmente constituida que tome acción sobre la solicitud de ingreso.
  • las directivas de todas las organizaciones estudiantiles, deberán ser estudiantes regulares y mantener un índice académico no inferior a 2.50 al ser electos y mientras ejerzan el cargo Enviar a la Junta de Reconocimiento que se establece por este Reglamento el nombre y dirección de los miembros de su directiva y copia de sus estatutos internos fundamentales.
  • Cumplir con las normas establecidas por la institución.

Proceso Eleccionario Estudiantil para los Consejos de Estudiantes

El Consejo General de Estudiantes es la estructura representativa y principal del cuerpo estudiantil. Constituye el foro oficial de la comunidad de estudiantes para el análisis, la discusión y el estudio sereno de las necesidades y aspiraciones estudiantiles y para la expresión de su sentir respecto de los problemas de la comunidad universitaria. Su misión esencial es contribuir al cabal cumplimiento de la función educativa de la Universidad, reclamar libre y responsablemente que se realice tan alto propósito y velar por la vigencia plena de los derechos de todos los estudiantes

Nuestra Oficina tiene la responsabilidad de Orientar, Preparar y Desarrollar todo lo relacionado al Proceso Electoral Estudiantil de los Consejos de Estudiantes de las Facultades y Escuelas Autónomas, En conjunto con los Decanos Auxiliares de Asuntos Estudiantiles, el Consejo General de Estudiantes y los Consejos de Facultad y Escuelas.

Requisitos para participar en los Consejos de Estudiantes

  • Cumplir con los requisitos señalados en el Reglamento de Estudiantes del Recinto de Río Piedras, Capítulo 2 artículos 22-29,33.
  • Cumplir con las normativas relacionadas con el proceso.
  • Fecha para solicitar: Segundo semestre de cada año académico; en el mes de febrero. El calendario electoral se publica a mediados de enero.

¿Cómo y dónde puedes ser orientado?

  • Visitando las oficinas del Consejo de Estudiantes de tu Facultad o Escuela o al Consejo General de Estudiantes en el Centro Universitario
  • Visitando la oficina del Decanato Auxiliar de Asuntos Estudiantiles de tu Facultad o Escuela
  • Visitando nuestra oficina ubicada en el Segundo Piso, Plaza Universitaria, Torre Norte Segundo Piso 2 Oficina #2175

Persona a contactar para más información

  • Coordinadora de Organizaciones Estudiantiles: Gladymir Santamaría Encarnación
  • Dirección física: Plaza Universitaria, Torre Norte Segundo Piso 2 Oficina #2175
  • Dirección postal: 16 Avenida Universidad Suite 1601, San Juan, P. R. 00925-2536
  • Horario: Lunes a Viernes 8:00AM – 12:00PM / 1:00PM – 4:30PM
    De ser requerido podemos atenderlos fuera de hora laborable por cita previa.
  • Teléfonos: 787-764-0000 Exts. 86645
  • Correo electrónico: orgs.ests@upr.edu