OFICINA DE ASUNTOS PARA PERSONAS CON IMPEDIMENTOS Información Importante PROTOCOLO DE SERVICIOS A LOS ESTUDIANTES CON IMPEDIMENTO Modificación Razonable para Estudiantes Universitarios con Impedimentos
La Oficina de Asuntos para la Persona con Impedimento (O.A.P.I.) tiene como propósitos primordiales: facilitar la integración de las personas con impedimento al resto de la comunidad universitaria; atender sus necesidades especiales mediante la prestación de servicios eficientes y de calidad; fomentar su máximo desarrollo intelectual, físico y psicológico, social y cultural; propiciar un ambiente universitario que permita la inclusión e igual participación de esta población en todos los programas, servicios y actividades que ofrece el Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico a la comunidad en general; y velar por el cumplimiento de la legislación vigente que ampara los derechos de la persona con impedimento tanto a nivel federal como local. Las condiciones debidamente cualificadas con impedimentos son:
Servicios
Bajo las disposiciones
de la Certificación Núm. 143, Año 2002-2003,
de la Junta de Síndicos, sobre la Filosofía, Visión
y Misión de la Universidad de Puerto Rico en torno a las
Personas con Impedimento, la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación
y la Ley ADA (American with Disabilities Act), el Recinto de Río
Piedras debe garantizar la obtención de los acomodos razonables
necesarios para lograr el éxito académico de sus estudiantes,
por lo que los del nivel graduado no quedan exentos de estas disposiciones. |
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| Decanato de Estudiantes UPR-RP |
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